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Aún hay quienes podrán acceder a deducción por vivienda en 2013

Tras el fin de la deducción por compra de vivienda, existe un régimen transitorio para aquéllos contribuyentes que adquirieron su vivienda antes de enero de 2013, aunque la misma aún no haya sido construida, siempre y cuando la compraventa haya sido cerrada en 2012.

En la Disposición Transitoria 18ª de la Ley del IRPF se establece la aplicación de este beneficio hasta su supresión definitiva.  De esta forma, podrán acceder a la deducción:

  • Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o que hubieran satisfecho cantidades para su construcción con anterioridad a 1 de enero de 2013.
  • Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual o para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad con anterioridad a 1 de con anterioridad a 1 de enero de 2013, siempre que las mismas estén terminadas antes de 1 de enero de 2017.
  • Además, se exige que los contribuyentes hayan aplicado la deducción por la vivienda en 2012 o en años anteriores, salvo que no la hayan podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

Por lo tanto, quedan fuera del régimen transitorio de aplicación de la deducción a partir del 1 de enero de 2013 aquellos contribuyentes que hubiesen depositado cantidades en cuenta vivienda con anterioridad a dicha fecha y que, aunque no pierden las deducciones practicadas en años anteriores, deberán regularizar su situación en la próxima declaración de la renta por el ejercicio 2012, sin intereses de demora.

2 Comentarios

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