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¿Qué pasa con la hipoteca si fallece el titular?

cuentaviviendaPerder a un familiar supone un duro golpe a efectos personales. Además, a esto se le suma la gran cantidad de trámites y gestiones que debemos llevar a cabo.

Si el familiar tenía contratada una hipoteca con el banco, es necesario saber qué ocurrirá con esta deuda, en caso de que seamos herederos.

El comparador HelpMyCash.com resuelve 5 de las dudas más frecuentes sobre cómo tramitar una hipoteca cuando fallece el titular.

1. ¿Qué deberíamos hacer primero? El comparador advierte de que lo primero que deberíamos hacer es notificar al banco de la situación, ya que las cuotas de la hipoteca seguirán a cargo de la cuenta asociada del titular de la hipoteca y no se podrá cambiar mientras no se haga el cambio de nombre.

2. ¿Quién seguirá pagando la hipoteca? Debemos saber que, cuando alguien fallece, los herederos no solo reciben los bienes y derechos sino que además, las obligaciones y cargos (como podría ser la hipoteca). Sin embargo, según el Código Civil, la herencia es un derecho y no una obligación, así que los herederos pueden renunciar a ella.

Si el fallecido tenía abierta una hipoteca, los herederos disponen de tres opciones respeto a la herencia de ésta:

1.-Aceptar la herencia, junto con la hipoteca y el resto de deudas pendientes. Si no nos vemos capaces de hacer frente a la hipoteca del fallecido, podemos rechazar la herencia por completo.

2.-Aceptar la herencia a beneficiario de inventario. En ese caso, los herederos recibirán la parte restante de la herencia tras haber pagado la hipoteca.

3. ¿Qué ocurre si existen dos titulares o un aval? Este punto puede llegar a ser más complicado, ya que dependerá del tipo de las condiciones firmadas en relación con el avalista o el segundo titular. Si la hipoteca tenía dos titulares, se considera que el 50 % de la deuda lo asumirán los herederos (o el porcentaje correspondiente dependiendo del número de titulares). Si los herederos deciden rechazar toda la herencia, el cotitular de la hipoteca deberá asumir toda la responsabilidad del préstamo hipotecario. En cuanto a la figura del avalista, hay que saber que no desaparece en caso de que el titular de la hipoteca fallezca. Si los herederos han aceptado la hipoteca, seguirá siendo avalista de ésta hasta que la deuda quede totalmente pagada. En caso de que los herederos rechacen la herencia, la responsabilidad del avalista dependerá del contrato, qué puede ser diferente en cada hipoteca.

4. ¿Qué debe hacer el banco? Trámites y protocolo. Cada banco tiene un protocolo de actuación diferente en estos casos. De forma genérica, los documentos que se deberán entregar son:  Certificado de defunción, Certificado de las últimas voluntades, Testamento o declaración de herederos, Escritura de adjudicación de la herencia, Certificado de pago del impuesto de sucesiones, Escritura pública de renuncia, en caso de que los herederos no acepten la herencia. Con toda la documentación en mano, el banco entregará la información sobre todos los productos que el fallecido tenía contratados con la entidad.

5. ¿Qué parte de la hipoteca cubrirá el seguro de vida? La mayoría de hipotecas exigen contratar además, un seguro de vida vinculado. Hay que revisar las condiciones de cobertura del seguro para averiguar si se hará cargo de una parte de la hipoteca o de su totalidad. Para eso, deberemos entregar la documentación relativa tanto a la aseguradora como al banco. 

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