El procedimiento que se introducirá es similar al que se estableció en 2013 para las cláusulas suelo posteriores a esa fecha: el cliente tendrá que reconocer de su puño y letra que conocía, comprendía y era consciente de las consecuencias de estas cláusulas en la información precontractual, antes de firmar el contrato ante notario. Ahora bien, no se prohibirá la introducción de estas cláusulas -hay que recordar que el Supremo no ha declarado nulos los suelos, sino sólo aquellos que adolecen de falta de transparencia-, en línea con las demandas del sector.