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1 de 3 contratos de compraventa incluye cláusulas abusivas

Uno de cada tres contratos de compraventa de vivienda en Andalucía (en concreto el 35% de ellos) incluye algún tipo de cláusula abusiva, como por ejemplo imponer al consumidor el pago del Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) o los gastos que corresponden legalmente al vendedor, impedir al usuario la libre elección de notario o que se prevea un plazo de entrega de la vivienda sin fijar una fecha cierta. Así se desprende de la campaña de inspección sobre la información en la compraventa y arrendamiento de viviendas realizada en 2009 por la Consejería de Salud a través de su Dirección General de Consumo.

La consejera de Salud, María Jesús Montero, ha desgranado los resultados de esta campaña, que ha puesto de manifiesto que en uno de cada dos casos estudiados (en concreto en el 49%) se ha detectado algún tipo de infracción de la normativa que protege al consumidor en el sector inmobiliario. No obstante, y aún siendo elevado el porcentaje de irregularidades, se registra una tendencia a la baja en los últimos años y el grado de incumplimientos se ha reducido en 18 puntos, pasando del 67% en 2006 al 49% en 2009.

Documento Informativo Abreviado (DIA), garantía para ambas partes

Montero ha explicado que esta reducción en el número de incumplimientos detectados se ha experimentado coincidiendo con la puesta en marcha del nuevo Reglamento de Información al Consumidor en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas en Andalucía, que obliga desde hace tres años a las inmobiliarias y promotoras a tener a disposición del público un documento estandarizado con información clara y precisa sobre las características del inmueble y sobre las condiciones económicas de la oferta.

Desde la entrada en vigor de este nuevo reglamento, los consumidores deben recibir el denominado Documento Informativo Abreviado (DIA) en el caso de que se interesen tanto por una vivienda en proyecto o construcción, como por una vivienda nueva ya construida, o bien por una vivienda en alquiler, según ha recordado la titular de Salud. Dicha normativa, según Montero, beneficia tanto a los consumidores, al reforzar sus derechos, como a los empresarios, al incrementar la confianza de la población en el sector.

La consejera ha afirmado que la Junta continuará trabajando, en colaboración también con el sector inmobiliario, para que los derechos de las personas consumidoras estén cada vez más protegidos, ya que continúa detectándose numerosos incumplimientos en relación a la información con la que deben contar los usuarios cuando afrontan la compra de una vivienda, que normalmente es la inversión más elevada que realiza una persona durante su vida.

Falta de avales

En este sentido, la campaña de inspección de Consumo en 2009 ha puesto de relieve que de las promociones de viviendas en las que se recogen cantidades a cuenta, el 26%, es decir, la cuarta parte de ellas no estaba avalada o asegurada individualmente para cada comprador, si bien en 2008 este porcentaje fue el 44%.

El 43% de la publicidad de las ofertas de compraventa (en 2008 fue el 45%) no menciona el derecho de la persona consumidora a que se le entregue el Documento de Información Abreviado (DIA). Asimismo, en el 5% de los casos los contratos de compraventa incluyen cláusulas que facultan al vendedor al incremento del precio final pactado.

En relación a la publicidad de viviendas en arrendamiento, uno de los incumplimientos más comunes es que no se incluyan los gastos de comunidad si éstos van a ser por cuenta de la persona consumidora, y ocurre así en el 29% de la publicidad analizada por los inspectores de Consumo. Además, también respecto a viviendas en alquiler, en el 26% de los casos los Documentos Informativos Abreviados no informan sobre las condiciones de la fianza y en el 20% no incluyen el coste total de los servicios de intermediación cuando éstos existen.

Sanciones que van desde los 200 a los 400.000 euros

Las sanciones que pueden interponerse a las empresas que incumplan las normas que protegen a los consumidores van desde los 200 euros por una leve –no tener hojas de reclamaciones, por ejemplo—y los 400.000 por faltas muy graves –que acumulan infracciones graves, como no tener avales, y reinciden en sus incumplimientos–. En el transcurso de 2009 la Junta ha iniciado un total de 401 expedientes sancionadores en materia de vivienda que suman un montante de más de 2,2 millones de euros.

El sector de la vivienda, con 1.270 reclamaciones, ocupa el sexto lugar en el ranking del conjunto de quejas recibidas por los servicios de Consumo de la Junta en 2009, por detrás de los servicios esenciales, los servicios de comunicaciones, el comercio minorista, los transportes o las entidades financieras.

En concreto, tres son los motivos fundamentales de estas quejas: irregularidades en la construcción (vicios ocultos), incumplimientos de las características y memoria de calidades y no avalar las cantidades entregadas a cuenta. De hecho, más de la mitad de las reclamaciones en este sector presentadas ante la Junta (658 en 2009) se han producido por alguna de estas causas.

Derechos y recomendaciones

La Consejería de Salud recomienda, a la hora de afrontar la compra de una vivienda, que se guarde la publicidad de las ofertas, cuyas condiciones podrán ser exigidas aún cuando no figuren expresamente en el contrato.

Los usuarios tienen derecho a solicitar el Documento Informativo Abreviado, que es un modelo estándar con información clara y precisa sobre las características del inmueble y las condiciones económicas de la oferta.

Se recomienda comprobar que la parte vendedora está al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios y del IBI.

Comprobar los precios finales con todos los gastos y posibles comisiones antes de proceder a la compra de una vivienda es otro de los consejos para los consumidores.

Las constructoras o inmobiliarias tienen que contar con un aval que garantice que las cantidades depositadas a cuenta podrán ser devueltas en caso de que no se cumplan los requisitos recogidos en el contrato de compraventa, con lo que se garantiza también que el consumidor no esté expuesto a un posible fraude o a contingencias como la posible quiebra de la empresa.

Asegurarse, antes de escriturar una vivienda nueva, de que dispone de licencia de primera ocupación que permita contratar los suministros básicos de la vivienda es otra de las recomendaciones.

Si la compra se realiza a través de una entidad intermediaria, es preferible escoger una que esté adherida al Sistema Arbitral de Consumo, para poder llegar a un acuerdo extrajudicial en caso necesario.

Toda esta información sobre derechos y recomendaciones a los usuarios cuando afrontan la compra de una vivienda se incluye en un folleto que va a editar la Junta y del que se distribuirán 20.000 ejemplares entre las oficinas municipales de información al consumidor y otras entidades con el objetivo de que esta información llegue al mayor número de usuarios posible. Dicha información será también objeto de un video divulgativo que se proyectará en las alrededor de 2.000 pantallas instaladas en centros de salud y hospitales de Andalucía y estará disponible en la plataforma www.informarseessalud.es .

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