Con la nueva reforma fiscal, se eliminan los coeficientes de inflación y de abatimiento por la compra venta de bienes inmuebles que rebajaban la plusvalía patrimonial por la que se tributaba en la Declaración de la Renta.
Esta modificación fiscal entrará en vigor a partir del 1 de Enero de 2015, por tanto, todos aquellos contribuyentes españoles que decidan vender una vivienda en el año 2015, tendrán que pagar más por esa plusvalía patrimonial que si la venta se hubiera hecho en el año 2014.
Cuando se vende una vivienda o cualquier otro bien inmobiliario, se tiene que tributar por la revalorización que haya experimentado desde el año en que se compró. Actualmente, el programa PADRE aplica un coeficiente de actualización, para restar de la plusvalía patrimonial el efecto de la inflación sufrida en esos años, por tanto, hasta ahora se tributa por la ganancia real de valor y no por el incremento de los precios generado por la inflación.
Además, si la vivienda se compró antes del 31 de diciembre de 1994, se aplicaban los coeficientes de abatimiento para descontar de la plusvalía patrimonial las revalorizaciones existentes en las fincas más antiguas.
Si el elemento patrimonial es adquirido en el año 1994, la ganancia patrimonial sujeta a gravamen es del 88,89%.
Si el elemento patrimonial es adquirido en el año 1888, la ganancia patrimonial que está sujeta a gravamen es del 22,23%, por tanto, no se tributa por el otro 77,77% restante.
Si el elemento patrimonial es adquirido con anterioridad al año 1986, por el coeficiente de abatimiento se deja libre de impuestos la ganancia acumulada hasta el 20 de enero de 2006.
El gobierno de Montoro, ha decidido eliminar estos coeficientes en su reforma fiscal. De modo que las plusvalías patrimoniales por la venta de un inmueble mantenido durante un largo plazo, tendrán que tributar en la Declaración de la Renta por cantidades muy superiores.