En el caso de que el valor de la vivienda supere esa cantidad, se procederá a hacer una anotación de embargo por la cuantía de la deuda sobre el valor de la vivienda que exceda a 300.000 euros con la que se hace frente a la deuda, de manera que el emprendedor no podrá vender la casa sin hacer frente al pago de la deuda. El procedimiento en detalle se especificará en el reglamento.
Para proteger a los acreedores y la seguridad del tráfico jurídico, habrá medidas de publicidad registral de la limitación de responsabilidad. No obstante, esa limitación de responsabilidad no se aplicará respecto a las deudas de Derecho Público (tributarias y de Seguridad Social), ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros.
Otras medidas que figuran en el anteproyecto son la concesión del permiso de residencia a los extranjeros que emprendan o que adquieran una vivienda habitual; la figura de sociedad limitada de formación, que permitirá la creación de sociedades con un capital inferior a los 3.000 euros y con un régimen similar al de las sociedades de responsabilidad limitada; los puntos de atención al emprendedor, ventanillas únicas para realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial; o los cambios normativos dirigidos a reducir las cargas administrativas.
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