Al quedar derogada la obligatoriedad de las Comunidades de Propietarios de abonar las tasas judiciales correspondientes a cualquier procedimiento judicial por el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, se producirá no solo un importante ahorro económico, sino que se reducirá, considerablemente, la conflictividad intracomunitaria y ha desaparecido, también, un serio obstáculo en el acceso a la justicia.
Con la entrada en vigor de la nueva norma, los propietarios ya no tendrán que abonar tasas judiciales cuando impugnen acuerdos de la Junta o acudan ante los Tribunales de Justicia para ejercitar acciones frente a la Comunidad, ni ésta tendrá que pagar tasa alguna cuando actúe como demandante o accionante, ni, por supuesto, en la reclamación de deudas comunitarias.
El CGCAFE venía reclamando la exención de las tasas judiciales para las Comunidades de Propietarios al considerar que dificultaban mucho más la reclamación de deudas por morosidad de las Comunidades de Propietarios, ya muy afectadas por las cuotas impagadas por los propietarios en un situación de crisis económica y laboral como la actual, y, fundamentalmente, por las deudas que han ido acumulando las entidades financieras tras la adjudicación de inmuebles por la ejecución de sentencias de desahucios.
Para Salvador Díez, presidente del CGCAFE, “la exención de las tasas judiciales para Comunidades de Propietarios era un objetivo muy demandado por los administradores de fincas colegiados, sabedores de que no se iniciaba un procedimiento judicial, en bastantes ocasiones, por la dificultad de hacer frente al pago de las tasas judiciales. Era una rémora que dificultaba, considerablemente, la reclamación de cuotas pendientes y, con ello, se obligaba a establecer cuotas extraordinarias para afrontar el pago a los distintos proveedores”
El CGCAFE considera que las Comunidades de Propietarios se podrían haber ahorrado alrededor de 15 millones de euros en tasas judiciales en los distintos procedimientos iniciados en 2014. Y en 2015, y tras la supresión de las tasas judiciales, las Comunidades de Propietarios podrían ahorrarse un importe muy similar al coste indicado para 2014.