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¿Cuándo podrá abrir la piscina comunitaria?

El verano se acerca y son muchos los usuarios y propietarios de piscinas comunitarias que no saben si podrán darse un chapuzón en sus instalaciones este año. La incertidumbre con respecto a la crisis sanitaria originada por el covid-19 abarca éste y muchos aspectos de algunos de los hábitos y costumbres veraniegas. El hecho de bajar a la piscina de la comunidad es uno de ellos. 

Desde el Gobierno, a fecha actual, no han dado aún unas indicaciones claras al respecto. Por eso, desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (Cgcafe) recuerdan al Ministerio de Sanidad, que la orden publicada para la aplicación de la fase 2 del Plan para la desescalada, no resuelve diversas cuestiones relativas a los requisitos para la apertura de las piscinas. Los cuales, «la mayoría de las comunidades de propietarios no podrán cumplir».

Requisitos de apertura de las piscinas

En la orden se establece un aforo máximo permitido del 30%, si bien los administradores de fincas colegiados avisan de que la mayoría de las comunidades de propietarios no disponen de ningún sistema de control del aforo. Explican que «no hay personal responsable a cargo de la instalación que pueda controlar o limitar el acceso de los propietarios y, en los casos que disponen de socorrista, su competencia se limita al control del vaso de la piscina».

Asimismo, para acudir a la piscina se debe obtener cita previa y organizar horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. En este sentido, los administradores de fincas apuntan también que no es posible gestionar citas previas sin personal o al menos un teléfono. «La inmensa mayoría de las comunidades de propietarios carecen de ambos recursos», concluyen. 

A esto se suma que la competencia para regular es de la Junta General de Propietarios y todavía no están autorizadas las reuniones de las comunidades de propietarios.

Conforme a la orden publicada, en las zonas de estancia de los usuarios se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad, de al menos dos metros entre los usuarios mediante señales en el suelo limitando los espacios.

Según Cgcafe, si se marcan áreas de uso reservado para cada persona y, además, hay que reservar zona para el acceso y de paso (tanto a dichos espacios como al vaso de la piscina o a los vestuarios) el espacio disponible se reduce de tal forma que el aforo real puede ser muy inferior al obligatorio. Esto disparará los costes del servicio en proporción al número de usuarios. Tampoco se dispone de recurso para ejercer el control de que los usuarios respetan sus respectivas zonas de estancia, avisan.

Para facilitar la adopción de acuerdos el presidente del CGCAFE, Salvador Díez, manifiesta que han vuelto a proponer al Gobierno que se regule la posibilidad de celebrar juntas virtuales, facilitando la flexibilización de los requisitos para la toma de decisiones, el aumento de plazos para la celebración de las reuniones y se confirmen a los propietarios que actualmente ocupan cargos.