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Los alquileres no declarados, en el punto de mira de Hacienda

14594209563328La Agencia Tributaria quiere acabar con los alquileres no declarados. A un día para que arranque la campaña de la renta 2016, la AEAT intensifica su control sobre los propietarios. «El 41,4% de los arrendamientos en España son fraudulentos», según las estimaciones de los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Son algo más de un millón de viviendas. No obstante, el alquiler sumergido ha descendido más de 12 puntos respecto a 2007, cuando era del 54%.

La reducción tiene mucho que ver con el control sobre los arrendamientos ofertados por Internet, en plataformas como Airbnb, Homeaway o Niumba. «En los últimos años se ha sumado la utilización de herramientas informáticas desarrolladas por la propia AEAT que están permitiendo ordenar y sistematizar la información de alquileres en plataformas de intermediación e inmobiliarias, de manera que el funcionario tiene a su disposición una información más completa y perfeccionada«, explican desde la AEAT. Ya lo han comprobado los 21.500 propietarios que están bajo sospecha y que el pasado año recibieron un aviso, a través de los borradores de las declaraciones, para informarlos de que tienen la oportunidad de declarar de forma voluntaria los rendimientos por sus alquileres. En esta nueva campaña los avisos «se seguirán remitiendo».

Este descenso de los alquileres opaco se debe a las comprobaciones realizadas por la Agencia Tributaria en aquellas viviendas con altos consumos eléctricos pero que se declaran como vacías», indica José María Mollinedo, secretario general de Gestha. Además, Hacienda realizó 8.150 actuaciones presenciales para destapar los alquileres no declarados, un 49% más que en el año anterior, aunque «siguen siendo escasas», cree Mollinedo.

Si la AEAT detecta que existe un alquiler no declarado, impondrá una sanción de, al menos, el 50% de las cantidades no ingresadas, además de los intereses de demora. Así, los caseros que declaren sus alquileres no solo se libran de la multa, sino que también pueden beneficiarse de una reducción del 60% de los rendimientos netos obtenidos y desgravarse por una serie de gastos, como el IBI, recogida de basuras, alumbrado, vado y comunidad de vecinos. También, los intereses del préstamo hipotecario que hayan firmado para adquirir esa vivienda, así como los gastos de formalización del arrendamiento, los de defensa de carácter jurídico, las primas de los seguros de la casa y los gastos por servicios y suministros que no paga el inquilino. Todos los gastos de conservación y reparación, como pintura o arreglo de instalaciones, así como los de sustitución de elementos, como la calefacción, la lavadora o la puerta de seguridad que se estropeen, son deducibles, explican en Alquiler Seguro.

Esto no implica que el casero se pueda desgravar por las obras que mejoren la vivienda, como cambiar las ventanas por unas con más prestaciones. «El máximo deducible por intereses y por gastos de conservación y reparación no podrá exceder de los rendimientos íntegros obtenidos. El exceso se podrá deducir en los cuatro años siguientes», dicen en Gestha. Estas deducciones se aplican siempre que se trate de vivienda habitual, pero no a las vacacionales. Ahora bien, «cuando el inquilino es un estudiante, la Agencia Tributaria es más flexible y entiende que no es arrendamiento de temporada», declaran desde Alquiler Seguro.

En cuanto a los inquilinos, aunque la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual ha desaparecido, se mantiene un régimen transitorio para los contratos firmados antes del 1 de enero de 2015, que podrán mantener la deducción. Así, los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, dicen tecnicos. También algunas Comunidades autónomas tienen establecidas deducciones al alquiler con otros requisitos, como Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y Comunidad Valenciana.

 

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