Las comunidades de vecinos soportan una morosidad de unos 1.600 millones de euros por impagos de los propietarios, importe un 60% superior al de 2010, según datos del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, que atribuye este incremento al efecto de la crisis en las economías de las familias.
«El aumento de los impagos se ha notado más a partir de los últimos tres últimos años, por el efecto de la crisis en los propietarios», indicaron a Europa Press en fuentes de esta institución.
No obstante, los administradores de fincas atribuyen a las entidades financieras que se han quedado con pisos en procesos de desahucios parte de la morosidad que acumulan las comunidades de vecinos. Según indican, cuando un banco se adjudica una vivienda «pasa después meses sin abonar los recibos correspondientes a la vivienda».
Otro foco de impago en las comunidades de vecinos, también derivado de la actual coyuntura económica, son las quiebras de inmobiliarias que son propietarias de pisos vacíos de una comunidad de vecinos porque no han logrado venderlos.
Los administradores de fincas no ha cuantificado aún el porcentaje que la morosidad derivada de inmobiliarias y bancos representa en la mora total que actualmente soportan las comunidades de propietarios.
A todo ello se suman las nuevas tasas judiciales que, según este colectivo profesional, van a complicar los procesos de reclamaciones de deudas por parte de las comunidades de propietarios. «La ley de tasas constituye un escollo más en el proceso de recaudación de cuotas comunitarias», asegura al respecto a Europa Press el miembro de la junta de Gobierno de Consejo de Colegios de Administradores de fincas Ángel Hernández Román.
Reforma de la ley
Por todo ello, esta institución colegiada promueve una nueva reforma de la Ley de Propiedad Horizontal con el fin de paliar las «dificultades» que las juntas de propietarios afrontan por la crisis y, al mismo tiempo, «salvaguardar los derechos de los consumidores».
El principal objetivo de esta modificación es ampliar desde dos años hasta cinco años el periodo máximo de tiempo al que se limita la prioridad de cobro que la comunidad tiene ante un vecino moroso respecto al resto de sus acreedores.
Con esta iniciativa, se busca evitar pleitos y recursos entre comunidades de propietarios y sus propietarios, y los correspondientes gastos que ellos conllevan.
«Si una comunidad de vecinos quiere seguir manteniendo la prioridad de cobro ante un vecino moroso tiene que estar presentando demandas cada dos años, y ello genera unos gastos», según apuntó dicho miembro del Consejo de administradores de fincas.
En paralelo, con esta medida los administradores de fincas buscan evitar esos gastos y otorgar un margen de tiempo «para que se recuperen a familias que lo están pasando mal». «Duele demandar a familias que lo pasan mal, pero con el actual límite de dos años hay que hacerlo para garantizar que, en su día, la comunidad de propietarios pueda cobrar», detalló.