Arrenta Asociación para el Alquiler y el Fomento de la Vivienda considera que la idea de que con la nueva ley de fomento del alquiler el inquilino vaya a abandonar la vivienda en diez días tras presentar el propietario una demanda, es una «leyenda urbana» que se ha extendido en la sociedad.
Según la organización, «la realidad es muy distinta», ya que, transcurrido dicho plazo, el juez habrá de emitir un auto judicial decretando la fecha de lanzamiento (ejecución de desahucio) que, «en el mejor de los casos, se llevaría a cabo en un periodo no inferior a tres o cuatro meses, siendo la media habitual de seis meses».
Para el gerente de Arrenta, Carlos Ruiz, lo «importante» no es tanto acortar los plazos, sino que se cumplan desde el punto de vista procesal. En su opinión, al acortarse tanto los plazos, «los juzgados no tendrán margen de maniobra, como ya ocurre en la práctica, consiguiendo únicamente agravar la situación actual».
«Por eso, resulta irreal plantear que en diez días pueda gestionarse un desahucio como ahora se plantea», ha asegurado Ruiz. Arrenta ha explicado que estos procesos, aunque no son excesivamente complejos, requieren de mucho papeleo «que quita tiempo y recursos a otros temas de mayor calado».
En cuanto a la nueva normativa, la asociación valora «positivamente» las medidas emprendidas por el Gobierno, pero tiene «serias dudas» de que se apliquen «realmente».
No obstante, Arrenta ve con «buenos ojos» la reducción del plazo de prórroga del contrato de arrendamiento de cinco a tres años o la disminución a la mitad de la comisión judicial que se encarga de llevar a cabo los procesos de desahucio.