Los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta de alquiler podrán ser desahuciados en un plazo de diez días si no presentan alegaciones ante el juez, según el anteproyecto de Ley de Medidas para la Flexibilización y Fomento del Mercado de Alquiler aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros.
En un encuentro con la prensa, la ministra de Fomento, Ana Pastor, ha explicado que, con la normativa en vigor, el arrendador se ve obligado a acudir a la vía jurisdiccional y obtener una sentencia declarativa para que el impago de la renta pudiese dar lugar a un desahucio. «Además, el inquilino tenía la posibilidad de pagar en el último momento y evitar la ejecución», ha señalado.
Con la nueva ley, se establece un plazo de diez días para que el arrendatario pague su deuda, «y, si no lo hace, el juez puede dictar la resolución del contrato de forma inmediata, sin más trámites». Asimismo, la finalización del proceso será mediante auto del juez, en lugar del decreto del Secretario Judicial que se empleaba hasta ahora.
Según Pastor, «lo que se quiere es reducir el procedimiento tedioso que tenía que llevar a cabo hasta ahora para dictar una resolución, pues lo que está claro es que el que no paga, no va a pagar aunque se le dé más plazo».
«Aumentará la oferta y bajará los precios»
La titular de Fomento ha destacado que este anteproyecto de ley del alquiler aprobado por el Gobierno aumentará la oferta de viviendas disponibles lo que permitirá «encontrar pisos en alquiler a mejores precios».
En su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Pastor ha explicado que el anteproyecto pretende promocionar el mercado, que actualmente es uno de los más bajos de Europa (solo un 17 % de los españoles viven de alquiler, pese a que hay 3 millones de casas vacías).
El anteproyecto de ley busca el «equilibrio» entre arrendador y arrendatario, según la ministra, así como aumentar la oferta de viviendas en alquiler, con el objetivo de que esto repercuta en una bajada de precios.
El anteproyecto se basa en mejorar la flexibilidad, la seguridad jurídica de las partes y la «agilización de los plazos y procedimientos judiciales en caso de desahucio». En ese sentido, se reduce a diez días el plazo para abonar la deuda una vez que el arrendatario recibe el requerimiento de pago.
En caso de que el deudor no atienda la petición ni presente alegaciones, el contrato se rescinde y se inicia el proceso de desahucio.
Por otro lado, el texto da prioridad a la voluntad de las partes en varias cuestiones, como la actualización de la renta, la renuncia al derecho de adquisición preferente de la vivienda o que las reformas en la casa se deduzcan del alquiler.
También se reduce de cinco a tres años la prórroga forzosa de los contratos y de tres años a uno la tácita, y en caso de venta de la vivienda, el comprador solo estará obligado a mantener al arrendatario si el acuerdo está inscrito en el Registro de la Propiedad.
Los arrendatarios podrán desistir del contrato cuando lo deseen, siempre que avisen con un mes de antelación, mientras que el arrendador podrá recuperar su casa si la necesita como vivienda habitual para él o sus familiares con un preaviso de dos meses, aunque no esté recogido en el acuerdo.
Se reduce del 10 % al 8 % el impuesto de sociedades que pagan las empresas con carácter general por alquilar inmuebles y se recorta el número de requisitos necesarios para acogerse a esa deducción.
El texto elimina el gravamen especial de bienes inmuebles para sociedades que no estén residenciadas en España, excepto para aquellas que lo estén en paraísos fiscales.
Pastor ha subrayado que el anteproyecto de ley flexibiliza la normativa de las sociedades anónimas cotizadas del mercado inmobiliario (socimis), que desde su creación en 2009 han tenido un éxito «más que discutible».
Entre los cambios destaca la eliminación de su tributación, con la excepción del gravamen para el dividendo, así como numerosas facilidades para su creación y funcionamiento.
De esta manera, según ha asegurado Fomento, se incentivará la inversión inmobiliaria, lo que ayudará a reducir el número de viviendas sin vender y podría contribuir a aliviar la carga de la futura Sociedad de Gestión de Activos o «banco malo».