El Gobierno ha anunciado la aprobación de medidas para aumentar la protección de las personas a las que les resulte imposible atender el pago de su hipoteca. Según ha anunciado el presidente de José Luis Rodríguez Zapatero en el Debate sobre el Estado de la Nación el Gobierno blindará los ingresos no embargables de quienes no han podido -o no van a poder- pagar su hipoteca entre un 30% y un 50% por encima de los niveles actuales.
La medida consistirá en la elevación desde los 705 euros actuales hasta 961 euros, de los ingresos que no podrán ser embargados en ejecuciones hipotecarias. Esto supone aumentar el umbral mínimo de inerbargabilidad por hipoteca de vivienda del 110% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de la actualidad al 150%. A ese 150% se añadirá un 30% adicional por cada miembro de la familia que dependa económicamente del deudor de la hipoteca.
Desde que comenzó la crisis en 2007 se han realizado en España cerca de 300.000 ejecuciones hipotecarias, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La medida, que protegerá a las rentas que han sido embargadas y todavía mantienen una deuda con el banco pese a vender el bien inmueble, se produce después de que en 2010 se alcanzase un máximo histórico de ejecuciones de 93.600 operaciones, aunque en clara desaceleración desde el segundo trimestre de 2010 y se esperan cifras menores para el conjunto del ejercicio 2011.
Según las medidas del Gobierno, las cuantías no embargables pasarán de 705 a 961 euros para personas sin familiares a cargo y podría alcanzar los 1.300 euros en para quien tenga a cargo dos personas. Desde el ejecutivo se pretende, de esta manera, proteger los ingresos de quienes han sido desahuciados y tienen una orden judicial que embarga parte de sus ingresos.
Los otros desahuciados: autónomos y pymes
El Gobierno, a través de su presidente, también ha anunciado que abrirá una nueva línea de financiación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) a las entidades locales (ayuntamientos) para que proceder al pago directo a los proveedores con quienes mantenían facturas pendientes desde 30 de abril de este año. «El plazo de esa deuda no podrá superar los tres años ni el importe podrá ser superior al equivalente al 25% de la participación de la entidad local en los tributos del Estado, dado que está será finalmente la garantía final del préstamo», añaden desde Moncloa.