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Saldada la deuda hipotecaria por el valor de tasación

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha rechazado el recurso del BBVA contra el auto de ese mismo tribunal, en el que consideró que un consumidor dejaba saldada su deuda con el banco por valor de la vivienda entregada a la entidad.
 
La Audiencia de Navarra dice en su contestación a la demanda desconocer a qué se refiere el BBVA cuando habla de motivación “extravagante”, salvo que signifique que “hoy por hoy no es mayoritaria”. No obstante, dice que la motivación del auto estuvo “fundada en derecho” y destaca que con posterioridad otros órganos judiciales se han pronunciado en el similar sentido, incluso un Juzgado de Sabadell ha planteado una cuestión de inconstitucionalidad y se ha abierto “un intenso debate social y doctrinal”.

“Por otra parte no admitimos que se tache de irrazonable o arbitraria nuestra resolución”, indica la nueva resolución de la Audiencia, y añade que con base en los datos obrantes en la causa, “entre otros la propia valoración del inmueble dada, aceptada e impuesta por el BBVA a efectos de subasta”, se consideró que el crédito reclamado por el banco “ya estaba satisfecho” puesto que no acreditó “por falta de diligencia” que valiera menos ahora que en el momento de concesión del préstamo.

Agrega asimismo el auto que “no parece irrazonable o arbitrario mantener que, si el banco se queda con un inmueble, que él mismo valora en una cantidad superior al principal del préstamo, al menos en dicha parte el crédito está resarcido”.

Esta sentencia, junto con otras y el reciente informe de la Defensora del Pueblo, confirman las tesis que defiende ADICAE de una ineludible reforma del injusto régimen hipotecario que condena las familias a cadena bancaria perpetua. ADICAE presentó el pasado día 30 de marzo a la mesa del Congreso una proposición de ley para regular la “dación en pago” pero la reformas deben ser mayores y de todo tipo.

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