El desahucio exprés entra en vigor en un mes

La Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios, que incluye la agilización de los procesos de desahucio, entrará en vigor en un mes. La nueva normativa ya ha sido publicada en el Boletín Oficial de Estado (BOE).

La nueva norma incluye una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil encaminada a facilitar que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de modo rápido en caso de incumplimientos graves del pago del alquiler sin que esto menoscabe los derechos de los inquilinos.

En este sentido, la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales.

Asimismo, el texto amplía los supuestos contemplados en la Ley de Arrendamientos Urbanos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler.

Al supuesto en el que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la requiera para sus hijos, sus padres y su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial. Paralelamente, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que todas estas circunstancias deberán constar expresamente en el contrato de arrendamiento.

Por último, también se incluye la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, que modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles.

Asimismo, y con el objeto de potenciar y favorecer el transporte sostenible, se facilita la instalación en el aparcamiento del edificio de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje.

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14 Comentarios a “El desahucio exprés entra en vigor en un mes”

  1. soraya dice:

    ¿de que sirve tantisima propaganda sobre los desahucios si despues nadie ejecuta esa ley a su debido tiempo? hace justo un año aprobaron una ley similar, yo tenia un piso con morosos dentro, denuncié el caso en la cámara de la propiedad de LEON en febrero de 2009 y echaron a los ocupas en octubre de 2009 ¿es asi como se ejecutan los desahucios rápidos? la justicia protege al delincuente desde hace siglos, así pues, toda esta propaganda de desahucios ultrarapidos es todo una farsa judicial y propagandistica, es por ello que yo no volveré a alkilar mi piso dadas las circunstacias protectores hacia los usureros morosos por parte de los jueces

  2. Federico dice:

    Nada, no será efectivo mientras los juzgados esten colapsados.
    La solución pasaria por crear juzgados especificos o pasar los desahucios por la via penal, dado que, al no pagar la renta de la vivienda se entraria en un delito de apropiaciones indebidas.

  3. andrea dice:

    SERIA maravillosa esa ley si hubiera un solo juez en españa que la pusiera en practica inmediatamente despues de tramitar la denuncia contra los morosos el propietario asaltado por esos depredadores cosa infrecuente o mas bien nula dado que para proteger a esos delincuentes los jueces hacen caso omiso de la denuncia y los mantiene hospedados años sin darse por enterados del daño que estan causando a los propietarios, ¡¡¡Claro!!! esto tambien ayuda para que los dueños de viviendas no alquilen sus pisos, por otro lado advierto de que no alquilen sus viviendas a Mª Paz Alario Rodriguez en LEON quien lleva viviendo gratuitamente desde hace mas de una decada en diferentes pisos, siempe amparada y protegida por la INjusticia leonesa

  4. mas de lomismo dice:

    yo creo que todo esto de dessaucio expres es todo propaganda y no serbira paranada mientras nuestros governantes que hacen las lelles y los jueces que las aplican no tengan claro de que parte estan pues la sensacion que dan al pais es que estan afavor de los maleantes, chorizos y demas elementos indeseables.

  5. Josepf Lodige dice:

    A ver, una cosa es la justicia y otra ser titular de un juzgado. Es decir, el que haya un mulo dentro de una cuadra, es un mulo dentro de una cuadra, no lo podemos llamar equitacion. Apliquemos la logica, morosos protegidos, resultado = mas morosos, resultado=mas procesos, resultado = mas colapso, resultado = mas “no podemos”, resultado=necesitamos mas presupuesto, resultado= mas dinerito a repartir, resultado=mas funcionarios( en España, lease sultanes y visires) para colocar amigotes y familiares. El dia que algun titular de juzgado, explique las razones de por que, un proceso dura mas de 60 dia, teniendo encima de la mesa, las pruebas, la ley, al denunciante, al denunciado y todos los elementos de juicio necesario, ese dia empezare a creer que este pais forma parte de Europa y no parte de republicas bananeras

  6. Arrenta dice:

    Después de analizar detalladamente el texto legal, opinamos igual que los lectores anteriores: no va a representar, en la práctica, grandes cambios con la actual situación, ni permitirá acelerar los procesos, a no ser que se acompañen de nuevas reformas y, sobre todo, de más medios materiales y personales en los Juzgados que es donde, a la postre, reside el mayor retraso.

    Sí es cierto que hay algún avance positivo. Por un lado, se podrá evitar la prórroga forzosa, o el derecho del inquilino a ir ampliando el contrato, independientemente de la duración firmada, hasta 5 años. Con la nueva Legislación –siempre y cuando se establezca esa posibilidad en el contrato- el propietario podrá reservar la vivienda para sí, para un hijo, un padre o madre o cónyuge en caso de caso de divorcio. Por otra parte, se elimina el plazo de 20 días hábiles que había que esperar para instar la ejecución de una resolución judicial o arbitral (sentencia o laudo).

    Sin embargo, la notificación en el tablón de anuncios, en los casos en los que no se puede contactar directamente con el inquilino, lejos de ser una solución será un problema y puede retrasar la efectividad del desahucio entre 4 meses y dos años.

    Sólo cuando hay acuerdo entre las partes se aceleran los trámites, pero el acuerdo ya era posible antes de esta Ley: arrendador y arrendatario siempre han tenido esa opción, con o sin texto legal.

    Los Juzgados están saturados, colapsados, al igual que los servicios comunes de notificaciones y embargos. Es decir, no hay medios, ni agentes, ni días disponibles para adelantar las fechas para señalar las vistas ni el lanzamiento. Los mismos funcionarios y agentes tienen que tramitar más demandas y lanzar a más inquilinos y deudores de hipotecas, por lo que ya para el año 2010 no quedan fechas. Por tanto, los plazos medios para conseguir, vía judicial, un lanzamiento por desahucio por falta de pago seguirán siendo los mismos mientras no haya más medios materiales y personales en los Juzgados.

    El Arbitraje es el único “desahucio exprés” efectivo

    Desde nuestra experiencia en el mercado de alquiler y la resolución de conflictos entre propietarios y arrendadores, en Arrenta consideramos que haría falta establecer otro tipo de medidas, fundamentalmente en cuanto a medios. Por tanto, en 2009 y 2010, el único “desahucio exprés” realmente eficiente seguirá siendo el del Arbitraje de Derecho, que supone para los propietarios un ahorro medio de 6 meses en tiempo y de más de 5.000 € en esfuerzo económico.

    Búscanos y compruébalo en http://www.arrenta.es

  7. Anónimo dice:

    Que verguenza!!!venga hacer leyes que nadie cuida que se cumplan…encima les pagamos por hacerlo y les damos privilegios…me voy a meter a político, o sindicalista( para el caso lo mismo) tienes inmunidad para hacer lo que te venga en ganas.

  8. luisa dice:

    Pues has tenido suerte SORAYA, porque yo denuncié en la Corte de Arbitraje, a los morosos de mi piso, me decían que en dos meses estaban en la calle y como en julio un juzgado de Madrid dijo que no a ejecutar la sentencia arbitral, tuve que empezar de nuevo, y todavía está pendiente de dictarse otra nueva sentencia arbitral, lo cual quiere decir, que si tengo suerte y esta nueva sentencia, que espero salga ya, no vuelva a ocurrir lo mismo, que otro juez vuelva a decir que no a ejecutarla. Entonces empezaría de nuevo, pero ya, con una demanda de desahucio verbal en los juzgados, lo cual quiere decir que los morosos estarían por lo menos otro año y medio más. ¿Qué te parace? Estos sinverguenzas estan protegidos por la Ley, y yo, despues de mi experiencia, al ver como realmente funcionan las cosas de verdad, no la propaganda que se hace de que con el arbitraje es todo muy rápido, lo cual no es en absoluto verdad, HAN CONSEGUIDO QUE NO VUELVA A ALQUILAR MI PISO A NADIE.

  9. jesusa dice:

    Estoy de acuerdo con FEDERICO debería ejercitarse la vía penal y tratar como un deltio, que unas personas estén en tu piso, sin pagar y sin dar señales de vida, pues se están apropiando de tu vivienda, ESTO ES UN DELITO y los jueces parece que tratan como delincuentes a los que reclamamos nuestras viviendas, puesto que les dan la razón a LOS QUE SE APROPIAN DE TU VIVIENDA. Y qué decir si te la dejan hecha un asco, ¡ESTO TAMPOCO ES DELITO¡ Pero, ¿qué Justicia es esta? Que premia a los morosos, castiga a los honrados. Total la carcel es para los que nunca se le ha dado una oportunidad en la vida, los chorizos de verdad, esos no están en la cárcel.

    SOLICITAMOS QUE SE CONVIERTA EN DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA, EL QUE UNOS SINVERGUEZAS SE QUEDEN CON TU PISO Y QUE TU TE VEAS TOTALMENTE DESPROTEGIDO POR LA “LEY”.

    GOBERNANTES Y JUECES: TOMEN NOTA, ESTAN PARA SERVIR A LOS HONRADOS NO A LOS SINVERGUENZAS.

  10. manolo dice:

    La gente se queja claro los PROPIETARIOS MOROSOS los que alquilan su piso y no lo declaran APROPIANDOSE DEL DINERO DEL ESTADO Y DE TODOS luego cuando un inquilino por las circunstancias de la vida no puede pagar un alquiler de HUSURA se dise que este pobre padre de familia o pensionista o a su vez un joven con ganas de emansipasion se ve obligado a no poder pagar este alquiler y sin querer se convierte en moroso y jusgado por los MALOS PROPIETARIOS sin comprender su suerte el de verse en la calle o esperar a que LA JUSTICIA resuelba su problema,pero como es de esperar la JUSTICIA núnca llegara para este ni para el otro ya que las leyes estan hechas para esto para impartir INJUSTICIA.

    yO COMO SOY UN INQUILINO PREOCUPADO TAMBIÉN de que mi casero cobre puntualmente su alquiler,y me renove el contrato por otros cinco años mas INSTO A LAS AUTORIDADES A FIJAR O CREAR una ley que regulen los ALQUILERES y no se sobrepase de su presio ,hoy yo pago una renta mensual de 450 euros por un piso de 65m.en LA SAGRERA entonses yo me pregunto como boy a pagar 750 euros a la renovasion de mi contrato que es lo que esta pidiendo actualmente mi casero.que haser ante esta subida indiscriminada hay alguna ley que me proteja y pueda exigir un alquiler mas justo o espero a que me RENOVEN MI CONTRATO DE ALQUILER DE 750 EUROS Y luego esperar ha ver si puedo pagarlos o tambien engrosar la LISTA DE MOROSOS a la espera de seshausio que seguro que como estan las cosas me quedare viviendo un añito gratis por lo menos aunque no quiera haserlo pero que me veo forzado por ser victima de LA HUSURA DESPROPORSIONADA DE MI CASERO

    SEÑORES PROPIETARIOS CONTRIBUYAN CON EL DESARROLLO DEL PAIS DECLAREN SUS CONTRATOS BAJEN LOS ALQUILERES LAS CASAS QUE UDS TIENEN DISPONIBLES PARA ALQUILAR SON UN BIEN QUE OTROS LO REQUIEREN Y QUE ESTAN DISPUESTOS A PAGAR PERO NO A REGALAR EL SUELDO DE SU TRABAJO S0OLO EN VIVIENDA PUES TAMBIEN TENEMOS QUE COMER FAMILIAS QUE MANTENER Y OTROS GASTOS COMO LA SALUD EL VESTUARIO Y EDUCASION QUE TAMPOCO ES GRATUITO EN ESTE DIVINO PAIS.

  11. sara dice:

    luisa… es que si quieres recurrir al arbitraje, que es fantástico, debes hacerlo con alguien que te de seguridad. Los del PNAG no son precisamente esos. Primero proque presumen falsamente de ser un organismo oficial o algo así…cuando son una empresa privada. Y segundo, y más importante, porque no utiilzan el arbitraje de derecho, que es el que sí aceptan los jueces. Ellos lo hacen con arbitraje de equidad (o sea que alguien sin conocimientos legales es quien decide y, claro, los jueces dicen que no vale). El único arbitraje válido es el de Derecho, no te dejes engañas por el pnag, pero confía en otras empresas que sí tienen arbitraje de derecho y te pueden solucionar las cosas rápida y fácilmente.

  12. Pedro dice:

    Esta ley solo protege a los propietarios y a los inquilinos no los protege nadie. Hay que saber que hay propietarios usureros que no atienden a los inquilinos como deberían. Creo que está bien que se pueda pedir el dinero que se debe pero en mi trabajo por ejemplo me debe mucha gente dinero y nadie hace que vaya más rápido las cosas, si los ayuntamientos deben dinero te esperas y a joderse. Creo que el agilizar las cosas y hacerlas mal no va a ayudar nada, siempre hay abogados listos que podrán retrasarlas, lo importante es que exista una ley que proteja a las dos partes y no solo al propietario que es el que realmente se beneficia de el contrato. Hay que recordar que la parte más necesitada de las dos es la que alquila, el propietario simplemente tiene un piso como inversión y para rentabilizarlo… ¿Donde esta esa ayuda social que tanto grita el llamado PARTIDO SOCIALISTA?

  13. jesus dice:

    jesus dice. Que lastima que los propitarios de viviendas tengamos que andar asi , esto es una ruina para gente como yo que vivo de ello.

  14. Anabel dice:

    Luisa, no desistas. Se puede alquilar, mejor que tener el piso vacío, sólo tienes que tener cuidado de a quién contratas. Yo también he tenido mala experiencia con el PNAG y como, para colmo, son insolventes, no puedes reclamarles. Al final, creo que ni siquiera han hecho lo que debían porque, si los tribunales les han declarado insolventes, es que no tienen dinero, o sea que no pagan abogados, ni procuradores… ni nada. Al final nos engañan a todos. Me fié por eso de que decían que eran oficiales y resulta que no lo son… pero de todo se aprende. Voy a seguir alquilando el piso, pero ni loca vuelvo a contratar al PNAG o a la Corte de Arbitraje o cómo se llamen. Lo haré con empresas de confianza.

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